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miércoles, 15 de abril de 2009
EL FALLO QUE NO FUE
foto:http://uribestiario.wordprees.com
Por considerarlo de importancia, reproducimos aquí el artículo de Semana sobr el fallo del Procurador y adjuntamos los fallos, tanto el proyectado por Maya como el emitido por Ordoñez, así como la correspondiente comparación de los dos documentos:
Revista Semana:
Bogotá, abril 4 de 2009
La ’Yidis-política’ ha sido sin duda uno de los más grandes escándalos del gobierno del presidente Álvaro Uribe. El país a veces tiende a olvidar que la reforma que permitió la reelección del primer mandatario estaba agonizando en el Congreso y que sólo en los últimos minutos el gobierno logró hacer que dos congresistas dieran una histórica voltereta.
La maniobra se hizo en un abrir y cerrar de ojos. Un día el país amaneció con la noticia de que la reelección estaba muerta, porque la noche anterior la mayoría de los representantes de la comisión primera habían sellado un pacto en su contra -con firma, foto y brindis con champaña- y apenas 48 horas después, los representantes Yidis Medina y Teodolindo Avendaño, hasta ese momento dos perfectos desconocidos para el país, traicionaron el pacto y la reelección fue aprobada por 17 votos a favor y 16 en contra.
Hoy, cinco años después, la gente todavía no entiende cómo es posible que a Yidis Medina la Corte Suprema le aplique una condena de cuatro años de cárcel por haber ’vendido’ su voto a cambio de prebendas burocráticas, mientras que la contraparte, los que le ’compraron’ el voto, fueron absueltos hace tres semanas por el procurador Alejandro Ordóñez.
Ese fallo del Procurador provocó gran polémica y en varios sectores se entendió como la respuesta de por qué Ordóñez había sido elegido dos meses antes no sólo por un Congreso de mayoría uribista, sino también con el guiño de la Casa de Nariño.
Pero el país no se ha enterado de un detalle aún más sorprendente. El procurador saliente Edgardo Maya le dejó como herencia a su sucesor Ordóñez un fallo de 143 folios, sin firmar, sobre el caso. SEMANA conoció en su totalidad ese documento (ver facsímiles) y llama la atención que teniendo a mano las mismas pruebas, las conclusiones de Maya sean completamente contrarias a las que, dos meses después, llegó Ordóñez.
El fallo de Edgardo Maya afirma que el ministro Diego Palacio y el embajador Sabas Pretelt incurrieron en "faltas gravísimas" en el caso del voto de la entonces congresista Yidis Medina, se les sanciona con destitución y se les inhabilita para ejercer cargos públicos por 10 y 13 años respectivamente.
Las conclusiones del fallo son fulminantes: "el servidor Sabas Pretelt de la Vega incurrió en una indebida participación en política partidista y para ello habría utilizado su cargo, función y jerarquía con el ánimo de influir y participar activamente en la discusión de la reforma constitucional con el único objeto de viabilizar la candidatura por reelección del Presidente de la República, Álvaro Uribe" . Y agrega que "los ofrecimientos y el cumplimiento de los mismos habría puesto a los ministros y al viceministro (Hernán Angarita), sus funciones y su jerarquía al servicio de la señora Yidis Medina Padilla y su propio interés amparada en la contraprestación pactada por la decisión de voto del proyecto de interés para el gobierno".
Esta diferencia tan grande de criterio, entre una y otra Procuraduría, puede tener explicaciones. Las interpretaciones jurídicas no son una ciencia exacta y pueden variar de juez a juez. De hecho, en las más altas instancias de la justicia, como las Cortes, es común que no se pongan de acuerdo todos los magistrados sobre un caso concreto. A pesar de eso, no deja de asombrar o de ser una coincidencia de la historia jurídica de Colombia, que en un caso tan crucial como este dos personas elegidas para tan altas dignidades tengan criterios totalmente opuestos.
Como si fuera poco, un alto porcentaje de los argumentos de ambas sentencias son los mismos, hay decenas de páginas enteras idénticas, y sólo se aprecian diferencias en los 30 folios en los que la Procuraduría analiza los dos cargos más complicados para los ministros Palacio y Pretelt, el primero es en el que los acusa de haber abusado de su cargo para incidir en el voto de Yidis, y el segundo en que los investiga por hacer promesas burocráticas a los congresistas a cambio de su voto.
Ordóñez en estos dos capítulos del fallo, a diferencia de lo que hizo en el resto del mismo, decidió desechar las pruebas que había utilizado Maya y traer a colación otras del extenso arsenal probatorio más útiles para sustentar su tesis. Por ejemplo, para evaluar si a Yidis sí le dieron la notaria en Barranca a cambio de su voto, Ordóñez no tiene en cuenta pruebas documentales como los pagarés firmados por la notaria a Yidis ni tampoco le da importancia a testimonios de los directamente implicados, como la misma notaria, y sólo le dedica dos párrafos del fallo al caso de la notaría trascribiendo una respuesta que dio un amigo muy cercano de Yidis a un interrogatorio que le hizo el embajador Sabas Pretelt (ver recuadro).
Para la Procuraduría de Maya, "se estaría en presencia de una ilicitud sustancial, por el abuso de sus funciones, prerrogativas y cargos al haber ofrecido y otorgado la vinculación de recomendados de la servidora pública Yidis Medina Padilla con ocasión o por razón del trámite de un proyecto legislativo de interés para el gobierno".
¿Qué pasó? ¿Por qué cuando llegó a la Procuraduría Ordóñez no acogió el fallo que había proyectado Maya? ¿Cómo pueden ser tan distintos dos fallos que cuentan con los mismos elementos probatorios?
Sin duda, el caso es una verdadera papa caliente, para estos dos o para cualquier otro procurador. La ’Yidis-política’ es uno de los problemas que más ha mortificado a Álvaro Uribe en sus ya casi siete años de gobierno. Sobre todo, teniendo en cuenta que sigue siendo una amenaza dormida, pues cualquier fallo en contra de sus más leales escuderos podría dejar muy maltrecho el proyecto de una nueva reelección y, por lo tanto, su permanencia en el poder.
Más allá de las razones que tuvo uno u otro Procurador, la pregunta que queda pendiente es cuál de los dos fallos tiene la razón. O por lo menos cuál de los dos convence más desde su lógica jurídica. Puede ser ilustrativo comparar la respuesta que dan a la pregunta de si los dos ministros utilizaron de manera indebida su cargo para incidir sobre Yidis Medina y hacerle cambiar el voto.
En el fallo del despacho de Maya acopian muchas pruebas para demostrar la culpabilidad de los ministros. En una de las argumentaciones llegan a la conclusión de que Yidis no cambió su voto porque creyera que la reelección le convenía al país sino por prebendas, que por altruistas que fueran, eran ajenas al tema que se estaba discutiendo. Es decir, que ella admitió siempre haber cambiado su voto, y en este caso no importaba si era por puestos para ella o por inversión para su región. El gobierno replanteó su programa de inversión "no con base en un estudio adecuado y serio de necesidades e inversión sino para la satisfacción ’politiquera’ de Yidis Medina".
El fallo de Ordóñez analiza este punto desde un ángulo completamente distinto. Se dedica a mostrar las contradicciones en las que incurrió Yidis Medina para descartar la mayor parte de las pruebas. Dice que como ella, cuando hablaba en público, decía que había votado a favor de la reelección porque le prometieron mayor inversión en su región y, cuando hablaba en privado, que por puestos, no es posible saber a cuál de las dos Yidis creerle. Por lo tanto concluye que hay una "duda razonable" y absuelve a Diego Palacio y a Sabas Pretelt no porque sean inocentes, sino porque no puede probar su culpabilidad.
Quienes creen que la telenovela de la ’Yidis-política’ ya se acabó están muy equivocados. Todavía faltan dos capítulos críticos. El de la Fiscalía y el de la Procuraduría con Teodolindo. Por ahora apenas se acabó un capítulo muy a la colombiana: se ha castigado al que peca por la paga pero no al que paga por pecar.
Falta, por ejemplo, el capítulo Teodolindo, que esta semana tuvo un episodio muy movido. Un procurador delegado fue a la Corte Suprema a pedir que en el proceso penal condenen a Teodolindo Avendaño porque "fue parte de un eslabón criminal cuya omisión fue determinante y por esos delitos lo deben condenar". Esto podría interpretarse como un anticipo de que el destino del ex ministro Sabas Pretelt en el proceso Teodolindo en la Procuraduría puede tener un final distinto al que tuvo en el caso de Yidis (ver recuadro).
También falta la decisión de la Fiscalía sobre el embajador Sabas Pretelt y allá el caso también está teniendo el tratamiento de ’papa caliente’. El fiscal Mario Iguarán se declaró impedido por su amistad con el investigado, además de que fue su viceministro. El vicefiscal abrió entonces investigación preliminar hace un año, lo llamó a indagatoria en junio y hoy, a pesar de que es un caso donde ya prácticamente todas las pruebas son de dominio público, no hay ningún pronunciamiento. ¿Están esperando, como lo hizo el procurador Maya, a que se venza el período del Fiscal General en agosto para no tener que cargar con esa ’papa caliente’?
Hay quienes han comenzado a prender las alarmas porque la prescripción de estos delitos (cohecho por dar u ofrecer) se acerca. En un tema tan crítico para el país, y donde se está definiendo la legitimidad de las elecciones, no sólo es preocupante que existan contradicciones tan abismales entre los fallos de tipo penal de la Corte Suprema de Justicia y los de tipo disciplinario de la Procuraduría, sino que ahora aparezca este ’fallo fallido’ que siembra un manto de duda sobre la manera como se está haciendo la investigación de la ’Yidis-política’.
Nota: puedes ver el archivo comparativo del fallo en bloguerosrevolucion o ruedadeprensa, enlaces al frente del articulo, en el inicio de pagina
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