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martes, 8 de octubre de 2024
domingo, 6 de octubre de 2024
Asovaes UGTI interpone apelación primer instancia de acción popular que ordena desalojo de los vendedores informales en Cali
#Asovaes #ugtivalle ya interpusieron la apelación en primera instancia, con el acompañante de otras organizaciones sindicales y asociaciones.
La acción popular busca el desalojo de los vendedores informales de la calle 14 entre carreras quinta décima en el centro de la ciudad de Cali
miércoles, 2 de octubre de 2024
Celebraciones en medio oriente, fue un ataque preciso contra bases militares sionistas
El pueblo iraquí baila por las calles celebrando los ataques de precisión con misiles hipersónicos de Irán contra las bases militares sionistas en los territorios ocupados de Palestina
Todos los pueblos agredidos por el imperialismo, celebran esta noche unidos contra el sionismo
sábado, 20 de julio de 2024
La Corte Constitucional contra Petro?
Introduccion 1.La Corte Constitucional siempre ha declarado inexequible las reformas legislativas y Decretos promulgados en el Gobierno del presidente Gustavo Petro.
2.La recién aprobada Reforma Pensional, lleva 13 demandas pidiendo su nulidad ante la Corte Constitucional.
Desarrolo
Por Manuela Cadavid Ballesteros y María Paula Acosta Boada
Corte Cositucional actual sin el Cristo a sus espaldas.
Las demandas a la reforma pensional, que logró aprobar el gobierno de Gustavo Petro a pupitrazo en el Congreso, ya se anunciaron. Por eso, detrás de las proclamas que se escucharán en la firma de la ley con un gran evento en la Plaza de Bolívar en Bogotá, pesa mucho la Corte Constitucional.
Los nueve magistrados actuales, dependiendo el tiempo que se demore el estudio de las demandas por vicios en la aprobación, serán los que definirán la suerte de la reforma más grande al sistema de seguridad social en 30 años.
La Silla Vacía analizó cómo votó la Corte en siete decisiones importantes sobre reformas legislativas y decretos que ha emitido el gobierno Petro. Hasta ahora, la Corte ha votado en un bloque casi unificado. Juan Carlos Cortes, ha sido la voz más disidente a favor del gobierno, en un par de ocasiones.
Sin embargo, una mirada más detallada a los salvamentos y aclaraciones de voto en estos fallos, muestra que Cortés ha coincidio con la magistrada Natalia Ángel. Ambos tienen posturas mas liberales, sobre todo Cortés que ha disentido en mas ocasiones con las mayorías. Y, aunque la dirección del voto de Ángel ha coincidido con las mayorías de la Corte en contra de los intereses del gobierno, sus argumentos han estado alineados, en ocasiones, con la visión de algunas de sus reformas. Por eso, Ángel y Cortes han sido criticados por políticos de oposición.
Esta foto permite ver que el gobierno puede tener más juego en una Corte que le ha fallado de manera desfavorable en varios casos una vez el magistrado Vladimir Fernández, ex secretario jurídico de Petro y quien se ha inhibido de participar en estas discusiones porque fue parte de varias de las decisiones que se analizan, comience a tener voz y voto. En 2025 cuatro magistrados cambiarán. Solo uno de ellos, el reemplazo de Cristina Pardo, será ternado por el presidente Petro. Otros dos vendrán de ternas del Consejo de Estado, y uno de la Corte Suprema. El Senado tendrá el voto final. Y el gobierno, cuatro oportunidades de influir para lograr armar un bloque afín más nutrido.
Así han votado los magistrados en los siete fallos más claves para el gobierno:
1. La caída del Decreto de Emergencia para la Guajira

El 2 de julio de 2023, el presidente decretó un Estado de Emergencia en el departamento de La Guajira, que le daban poderes especiales a Petro para tomar acciones administrativas. El decreto se soportaba en la crisis humanitaria causada por la falta de acceso a servicios básicos vitales como el agua potable, la alimentación, la energía, la baja cobertura en el sector de educación, entre otros. Además, el gobierno argumentaba que las condiciones climáticas del departamento, profundizaban la crisis y tornaban vulnerable a la población.
De ese decreto salieron 13 decretos más, bajo el argumento de tomar medidas temporales para conjurar la crisis. Uno buscaba reactivar el turismo en la región; otro, controlar impactos ambientales y ponerle mayores requisitos a la actividad minera; algunos recogían obligaciones alimentarias y de recuperación del agua potable, y así más de diez decretos expedidos a lo largo de julio de 2023.
Varios de los decretos fueron demandados de manera individual por no tener relación con la reducción de impactos con la crisis que alegaba el gobierno. Sin embargo, la Corte Constitucional tomó la decisión de suspender los efectos de algunos de los decretos que se iban demandando y arrancar por debatir sobre el decreto madre: el 1085 que declaraba el Estado de Emergencia. Si se caía ese, podían caerse por su propio peso, varios de los demandados de forma independiente.
El 2 de octubre se cayó el decreto. Los ponentes de la sentencia fueron los magistrados José Fernando Reyes y Diana Fajardo. La decisión de tumbar el decreto tuvo una salvedad: respecto de la amenaza de la crisis por la falta de disponibilidad del agua, el decreto se caería pero un año después. La Corte consideró que si bien el decreto cumplía con todos los requisitos formales para su expedición y demostraba la existencia de una crisis humanitaria en el departamento de la Guajira, el cambio climático y los problemas de acceso a servicios básicos, no eran hechos sobrevinientes o imprevisibles. Además, a consideración de los magistrados, la crisis puede enfrentarse haciendo un llamado a las instituciones ordinarias, antes de acudir a un Estado de Emergencia.
Salvamentos de voto
Los magistrados Ángel, Pardo y Cortés, salvaron su voto de manera conjunta, alegando que no era viable declarar que un decreto es inexequible con “efectos diferidos”. Según los tres magistrados, lo que procedía era una declaratoria de exequibilidad pero condicionada, figura que ya se ha utilizado históricamente en los fallos de la Corte. Además, consideraron que la confluencia de tantos fenómenos climáticos sí constituían una situación imprevisible que hace aceptable decretar un Estado de Emergencia para responder a la crisis humanitaria.
2. La caída de la deductibilidad de las regalías en la tributaria

En noviembre de 2023 la Corte declaró inconstitucional el parágrafo primero del artículo 19 de la Ley 2277 de 2022, la reforma tributaria. El aparte decía que las empresas que extrajeran recursos naturales del suelo (como petróleo o minerales) no podían deducir el dinero que pagan al gobierno (llamado regalías) de su impuesto de renta. La Corte consideró injusta la norma porque trataba de manera diferente a las empresas que pagan en dinero y las que pagan con parte del recurso que extraen. También, la Corte mencionó que en momentos de precios bajos, esta regla podría hacer que las empresas paguen impuestos incluso cuando están perdiendo dinero.
La Corte dijo que las regalías son un gasto necesario para estas empresas y que no aumentan su riqueza, por lo que deberían poder restarlo de sus impuestos. Además, se argumentó que la regla afectaba la confianza de las empresas que hicieron inversiones contando con poder deducir las regalías.
Aclaraciones de voto
Los magistrados Ibáñez, Lizarazo y Pardo estuvieron de acuerdo en declarar el párrafo como inconstitucional. Los magistrados Fajardo, Linares y Reyes decidieron aclarar su voto, lo cual indica que expresaron precisiones sobre su posición en la decisión.
Salvamento de voto parcial
La magistrada Ángel hizo un salvamento parcial y mostró desacuerdo con parte de la decisión. Primero, cuestionó la aptitud de la demanda original y consideró que la Corte se extralimitó al analizar argumentos que no estaban presentes en ella. Argumentó que este enfoque podría sentar precedentes problemáticos para futuros casos.
Y siente tres críticas más puntuales. Primero, lamenta que se haya omitido la discusión sobre los impactos ambientales y sociales de la explotación de recursos naturales. Segundo, cuestiona el uso de una norma legal como parámetro de constitucionalidad. Tercero, critica la falta de un análisis sistémico de la equidad tributaria, argumentando que la Corte debió considerar el impacto de la norma en todo el sistema tributario, no solo en casos particulares.
Salvamento de voto
El Magistrado Cortés argumentó que no está de acuerdo con la decisión mayoritaria que declaró inconstitucional la norma. Sus argumentos son que la demanda no cumplió con los requisitos esenciales para ser considerada válida en términos de su contenido o argumentos. Sostiene que los argumentos presentados carecían de especificidad y pertinencia, y critica la ponencia por introducir un nuevo argumento sobre que no estaba presente en la demanda original. En esencia, sostiene que la Corte se extralimitó en sus funciones al analizar aspectos que no formaban parte de la demanda inicial, lo cual compromete la integridad del proceso constitucional y la participación ciudadana en el mismo.
Incluso si la demanda hubiera sido apta, según Cortés la disposición examinada debería haberse declarado constitucional. Argumenta que el legislador tiene un amplio margen de configuración en materia tributaria, siempre que las medidas adoptadas no sean irrazonables y se justifiquen en objetivos constitucionalmente relevantes.
3. La modulación de la ley de Paz Total

En noviembre de 2023, la Corte evaluó la constitucionalidad del artículo 5 de la Ley 2272 de 2022, que regula los acercamientos y negociaciones del Gobierno con grupos armados, o llamada ley de paz total. Reconoció que la Constitución permite al Gobierno buscar el sometimiento a la justicia de estructuras criminales organizadas de alto impacto, como parte de su deber de mantener el orden público. Sin embargo, la Corte impuso límites significativos: eliminó la discrecionalidad del gobierno en la definición de los términos bajo los cuales estos grupos pueden entregarse, requiriendo que sean definidos por ley para evitar arbitrariedades. Además, condicionó la suspensión de órdenes de captura a una justificación detallada por parte del gobierno y a una evaluación judicial, garantizando un respaldo legal sólido para estas decisiones.
La Corte también especificó que las garantías de seguridad durante los acercamientos aplican exclusivamente a representantes y voceros de los grupos, no a todos sus miembros, y subrayó la necesidad de un marco legal claro para las zonas de ubicación temporal de estos grupos, evitando ambigüedades y posibles abusos. Por último, declaró inconstitucional la posibilidad de excarcelar a voceros de organizaciones sociales y humanitarias detenidos, argumentando que podría interferir con la separación de poderes y los derechos de las víctimas del conflicto armado.
Salvamento de voto parcial
La magistrada Meneses Mosquera salvó parcialmente su voto. Dijo que la Corte debió decir que la ley es válida sólo si se interpreta de cierta manera, excluyendo a los miembros de estos grupos que siguen cometiendo delitos y no están involucrados en las negociaciones.
El magistrado Lizarazo Ocampo expresó discrepancias parciales con la ponencia mayoritaria relacionadas con las garantías de seguridad e integridad para los miembros de estructuras armadas ilegales en procesos de negociación. Él consideró que los condicionamientos esenciales, como quiénes específicamente estarían protegidos y bajo qué circunstancias, debieron haber sido claramente incluidos en la decisión de la sentencia y no solo en la parte explicativa. Según el magistrado, esto podría llevar a interpretaciones erróneas que afecten la obligación de perseguir legalmente a los miembros de estos grupos criminales.
El magistrado Cortés González expresó su disenso parcial con la mayoría de la Corte en varios puntos. Primero, discrepó sobre la decisión de permitir la suspensión condicionada de órdenes de captura para los representantes de grupos criminales organizados de alto impacto, argumentando que estas disposiciones no violan el principio de separación de poderes, sino que buscan facilitar negociaciones para lograr la paz, con la supervisión judicial adecuada. Segundo, se apartó de la condicionalidad de la norma sobre las zonas de ubicación temporal, considerando que las condiciones establecidas por el legislador ya eran suficientes y no requerían ajustes adicionales. En su opinión, estas medidas fueron adoptadas dentro del marco legal y constitucional, con el objetivo de equilibrar las facultades presidenciales en materia de orden público y promover la paz, conforme a las necesidades cambiantes de la sociedad y tras un proceso democrático de deliberación legislativa.
Salvamento de Voto
El Magistrado Ibáñez Najar se apartó de las decisiones mayoritarias de la Corte que le dio luz verde condicionada a la ley. En su concepto, debía ser declarada inconstitucional. Criticó la falta de distinción entre estos grupos armados y la omisión de un análisis constitucional profundo. Argumentó que aplicar las mismas reglas a todos los grupos es inadecuado y podría permitir interpretaciones erróneas y abusos en el proceso de justicia transicional, señalando que los procedimientos para la negociación política y el sometimiento a la justicia deben ser claramente diferenciados y establecidos por ley para evitar confusiones y usurpaciones de competencias judiciales por parte del gobierno.
4. La caída del cambio de nombre de la Fuerza Aérea

En marzo de 2024, la Corte decidió sobre una demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 5º de la Ley 2302 de 2023, que le cambiaba el nombre a la “Fuerza Aérea” por “Fuerza Aeroespacial”. Según la demanda, este cambio infringe los artículos 4 y 217 de la Constitución Política. Tras evaluar el principio de supremacía constitucional, la historia de la Fuerza Aérea y el contexto normativo, la Corte encontró que modificar esta denominación mediante una ley ordinaria es inconstitucional. En consecuencia, por unanimidad, la Corte declaró la norma como inexequible.
5. La caída aplazada del Ministerio de la Igualdad

La Corte declaró inexequible, es decir, no conforme a la Constitución, la Ley 2281 de 2023, que creaba el Ministerio de Igualdad y Equidad. Esta decisión se tomó principalmente porque el gobierno y el Congreso no presentaron un análisis detallado del costo fiscal y las fuentes de financiación del nuevo ministerio, como lo exige la ley. Sin embargo, la Corte argumentó que para evitar problemas en la implementación de políticas públicas y proteger los derechos de grupos vulnerables, la declaración de inexequibilidad no tendrá efecto inmediato. En su lugar, dio un plazo hasta el final de la legislatura 2025-2026 para que el gobierno y el Congreso corrijan este error, ya sea aprobando nuevamente la ley con el debido análisis fiscal o asignando las funciones del ministerio a otras entidades existentes.
Aclaración de voto y salvamento parcial
El magistrado Ibáñez Najar hizo una aclaración sobre su voto, en relación con la decisión de aplazar los efectos de la declaración de inconstitucionalidad por dos años. Argumentó que debido a serios problemas durante el proceso, especialmente la aprobación de una norma legislativa sin el quórum necesario, se estaría violando lo establecido en el artículo 149 de la Constitución. Según este artículo, cuando un acto carece de validez, no se le puede dar ningún efecto legal. Por lo tanto, la Corte tenía la obligación constitucional de retroceder los efectos de la inconstitucionalidad de la ley al momento en que fue aprobada inicialmente.
6. La negada del Incidente de Impacto Fiscal

La Corte Constitucional decidió sobre la solicitud del Ministerio de Hacienda de declarar un Incidente de Impacto Fiscal, que buscaba contrarrestar el efecto económico de la decisión de tumbar la no deductibiliad de las regalías, que la misma Corte tumbó en la reforma tributaria. Según el ministro Ricardo Bonilla, esta sentencia podría afectar al Estado con una suma significativa de $6.7 billones de pesos, divididos en devoluciones de impuestos y cambios en la recaudación futura.
El ministro propuso cuatro posibles soluciones para mitigar los efectos de la sentencia, incluyendo diferir su aplicación a partir de diferentes fechas y establecer descuentos fiscales escalonados. Sin embargo, la Corte evaluó la evidencia presentada y determinó que no se demostró de manera suficiente que la sentencia causaría una alteración grave en la sostenibilidad fiscal del país. Además, encontró que las opciones propuestas por el ministro violaban principios constitucionales esenciales, como el derecho a la igualdad y la prohibición de medidas confiscatorias, que fueron protegidos por la sentencia original.
De este modo, decidió mantener la sentencia sin cambios sustanciales, protegiendo así los principios fundamentales de la Carta Política y la estabilidad fiscal del país.
Aclaraciones de voto
La magistrada Ángel emitió un voto aclaratorio para decir que si bien salvó parcialmente el voto en el fallo de regalías, no considera que el gobierno haya logrado demostrar que el fallo directamente genera un impacto severo en las finanzas públicas.
Salvamento de voto
El magistrado Cortés González expresó su desacuerdo con la mayoría de la Corte. Argumentó que en una decisión previa había recomendado aplazar o condicionar sentencias para gestionar mejor sus efectos financieros significativos, especialmente cuando afectan los ingresos proyectados del gobierno tras una reforma tributaria. Consideró que la sentencia tuvo un impacto serio en las finanzas públicas. Además, apoyó la solicitud del ministro argumentando que los ingresos esperados por cambios en las regalías ya estaban incluidos en el presupuesto nacional.
Propuso seguir un marco que evalúe la situación económica actual para entender cómo afectarán las decisiones judiciales las finanzas públicas y defendió que estos casos permitan que el gobierno y la judicatura dialoguen para ejecutar las decisiones judiciales de manera justa y sostenible. Finalmente, sugirió que el gobierno pueda compensar o devolver dinero a las empresas afectadas en 2023 durante los años siguientes, con el pago de intereses, sin contradecir la decisión judicial y protegiendo los derechos de los contribuyentes.
7. Subsanar el vicio del Plan Nacional de Desarrollo

LarConstitucional analizó la publicación del informe de conciliación en el Senado para los proyectos de ley 338 de 2023 (Cámara) y 274 de 2023 (Senado), que resultaron en la aprobación del Plan Nacional de Desarrollo. Y encontró un error, porque el informe no se publicó antes de la sesión de aprobación, incumpliendo el principio de publicidad constitucional.
Según la ponencia del auto, del magistrado Cortés, este error afectó la transparencia del proceso legislativo, el debate y la participación política. La Corte permitió al Senado corregir este error bajo el artículo 241 de la Constitución, debido a que no se omitieron etapas esenciales del proceso legislativo ni se desconocieron los requisitos formales. En junio el Senado volvió a votar y a aprobar el PND.
Salvamento de voto
El magistrado Lizarazo Ocampo salvó su voto por tres razones. En primer lugar, criticó que la decisión de la mayoría desconociera el precedente establecido en la Sentencia C-557 de 2000, la cual establece que los vicios de procedimiento en las leyes aprobatorias de planes de desarrollo no son subsanables sin cumplir con requisitos estrictos de transparencia y argumentación. En segundo lugar, argumentó que la decisión no evaluó adecuadamente la posibilidad que tenía el Senado de utilizar otros medios para garantizar la publicidad del informe, a pesar de las advertencias de algunos senadores.
Finalmente, cuestionó el plazo de 30 días hábiles otorgado para subsanar el error, señalando que el procedimiento legislativo para las leyes aprobatorias de planes de desarrollo tiene plazos más cortos que las leyes ordinarias y que estos plazos deben contabilizarse en días calendario, no hábiles.
Lizarazo Ocampo enfatizó que la mayoría ignoró el marco constitucional y legal que regula estos procesos legislativos, lo cual podría sentar un precedente negativo al permitir la subsanación de vicios de procedimiento de manera laxa, afectando la integridad y la eficacia de las normas que rigen el trámite legislativo para los planes de desarrollo.
https: ww.lasillavacia.com/silla-nacional/asi-ha-votado-la-corte-que-decidira-la-suerte-de-la-reforma-pensional/
viernes, 5 de julio de 2024
Un padre palestino buscando buscando sus 4 hijos en los escombros
-¿Qué Estás Buscando? -A mis 4 hijos...
#IsraelisGenocidalentity
#Israelestadoterrorista
#SionistasGenocidas
Fuentw: https://x.com/bo89_marco0/status/1809227549270012236
jueves, 16 de mayo de 2024
instituciones académicas decidieron documentar los actos de la agresión israelí contra la población de la Franja
Varias instituciones académicas decidieron documentar los actos de la agresión israelí contra la población de la Franja y concluyeron, sin margen de duda, que constituye un delito de Genocidio, prohibido por las normas sin excepción alguna.
Ante la palpable posibilidad de un genocidio intencional cometido por el gobierno de “Israel” en la Franja de Gaza, varias instituciones decidieron documentar el caso a la luz del Derecho Internacional, norma que prohibe ese delito sin admitir excepción alguna.
Los expertos involucrados en el análisis exhaustivo de los hechos, desde el el 7 de octubre pasado hasta inicios de mayo, pertenecen a la Red Universitaria de Derechos Humanos; las clínicas internacionales de Derechos Humanos adscritas a facultades de la Universidad de Boston y la de Cornell; el Centro de Derechos Humanos de la Universidad de Pretoria y el Proyecto Lowenstein, de Yale.
Según un comunicado del equipo, la investigación se sitúa en el contexto histórico pertinente, en un conflicto israelo-palestino de varias décadas.
Desde la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, aprobada en 1948, y la interpretación de las cortes y tribunales internacionales, es posible hablar de genocidio cuando el perpetrador lleva a cabo una matanza, lesión grave o sometimiento intencional de un grupo humano al punto de acarrear su destrucción física, total o parcial; con intención de desaparecerlo.
Tras examinar los hechos descritos por observadores independientes de derechos humanos, periodistas y organismos de las Naciones Unidas, el equipo de juristas coincidió en declarar las acciones de “Israel” desde el 7 de octubre de 2023 como violatorias de dicha Convención, y por tanto tipificaron el delito de genocidio contra la población en Gaza, quienes conforman parte substancial del pueblo palestino.
Su informe detalló cómo al menos el cinco por ciento de la población gazatí fue víctima de una agresión evitable (34 mil 568 muertos y 77 mil 765 heridos hasta el 1 de mayo).
Especial relevancia concedió a que el dos por ciento de la población infantil en la Franja hubiera muerto o sufrido heridas en esos seis meses. (eran 14 mil 500 en el momento del estudio, hoy son más de 15 mil).
De acuerdo con sus valoraciones, la entidad de ocupación asesinó a más niños en los cuatro primeros meses que en todos los conflictos del mundo de los últimos cuatro años combinados.
Recalcó el informe también cómo las fuerzas israelíes mataron a palestinos sin consideración de su condición de personas protegidas por el derecho internacional, como periodistas, profesionales de salud y funcionarios internacionales.
“El número de miembros del personal de la ONU asesinados en los bombardeos alcanzó un grado nunca visto en la historia", enfatizó con alarma el documento del equipo interdisciplinario.
Además evaluaron la destrucción del 70 por ciento de las viviendas del enclave palestino, y el fuerte impacto exprofeso en todas las infraestructuras civiles, incluidos hospitales, escuelas, universidades, instalaciones de la ONU y lugares de patrimonio cultural y religioso.
“La ofensiva militar israelí dejó, hasta el momento, una desgarradora cifra de 1,7 millones de civiles desplazados: más del 75 por ciento de la población de Gaza”, significaron los expertos en Derecho Internacional.
En añadidura, la población civil enfrenta niveles catastróficos de hambre y desabastecimiento. ocasionado por el propio agresor, quien, lejos de asegurar el acceso a elementos esenciales para la vida, como alimentos, agua, medicamentos y combustible (como es su responsabilidad como ente ocupante), restringe su acceso y ataca los convoyes de ayuda humanitaria .
Tales actos criminales fueron motivados por una intención de limpieza étnica de la Franja, y por tanto se caracterizan como genocidio, aseveraron los participantes en el análisis.
Su afirmación se basa en declaraciones públicas de los dirigentes israelíes, reforzadas en los patrones de conducta de las fuerzas militares israelíes durante los bombardeos y la penetración terrestre en Gaza.
La relación directa entre las expresiones del Estado y sus acciones reafirma “la deshumanización y crueldad flagrantes e inequívocas contra los palestinos en Gaza y en otros lugares”, y un explícito uso del poder, desde el primer ministro, Benjamín Netanyahu, para exterminar a los palestinos como grupo.
El informe documenta sus hallazgos sobre una amplia gama de fuentes fidedignas, desde las Naciones Unidas, organismos de ayuda humanitaria, investigaciones de organizaciones de derechos humanos, informes de medios de comunicación, declaraciones y testimonios públicos.
Su redacción dejó explicito además, la historia del genocidio israelí, resultado de procesos y prácticas desarrollados a lo largo del tiempo, hasta desembocar en el ensañamiento contra Gaza en la actualidad.
“Las violaciones por parte de ‘Israel’ de la prohibición legal internacional del genocidio constituyen graves infracciones a normas imperativas del derecho internacional que deben cesar de inmediato”, concluyó el documento.
De igual modo. esclareció las obligaciones de todos los demás Estados, como abstenerse de reconocer las acciones israelíes como legales en ningún modo, evitar actuar en complicidad para facilitar tales crímenes y tomar medidas positivas para suprimir, prevenir y sancionar nuevos actos genocidas por parte del ente sionista contra el pueblo palestino.
Entre la finalización del documento y su publicación, la comisión recibió reportes sobre atroces abusos en la ciudad meridional de Rafah y otros lugares de la Franja, donde más de un millón de palestinos buscan refugio, hechos que acentúan la urgencia de acciones de la comunidad internacional, según demandaron los expertos.
Fuente: https://espanol.almayadeen.net/noticias/politica/1857881/t--c%c3%b3mo-ve-el-derecho-internacional-la-agresi%c3%b3n-de--israel
viernes, 19 de abril de 2024
jueves, 22 de febrero de 2024
#Cuba: ¡qué país, caballero!
Cuba: ¡qué país, caballero!
El hechizo. La isla y todos sus cayos tienen de todo: historia, playa, montaña… usted escoja el plan, que Cuba se encargará de encantarlo
/ MIREN VIT
ORE MAGYAROFF
MIREN VITORE MAGYAROFF
Cuando se llega a Cuba, la isla le hace saber que está en un lugar que no se parece a nada que haya visto antes. Para empezar, debe entender que la vida allí va a otro ritmo, uno más pausado. Tal vez es por esa esencia caribe de sus habitantes, por el calor (porque sí que hace calor) o, simplemente, porque parece congelada en el tiempo.
La primera ciudad que lo recibirá es La Habana. Un sitio, que si usted ya entendió que debe ir a otro ritmo –y debe entenderlo– no va a tener más remedio que dejarse llevar por su encanto. Y es que esta ciudad, y Cuba en general, recibe al visitante como el mejor de los anfitriones. Los cubanos quieren mostrarle todo a quien los visita, cada esquina, cada plaza, cada monumento –como un niño mostrando todos sus juguetes–. Quieren que la esencia de Cuba le quede grabada y que sepa que siempre será bienvenido.
La Habana Vieja lo va llevando a ritmo de son cubano. Además de La Bodeguita del Medio y el Floridita, la música se siente en sus calles. Es como si cada cubano fuera músico, tocara un instrumento y alcanzara con su voz tonos inimaginables. La capital de Cuba es como un canto de sirena que lo va envolviendo, que va haciendo que sus pies se muevan con ritmo –así tenga dos izquierdos– y que ni el calor –lleve abanico– ni el cansancio se metan con usted.
Por esa zona hay varios hoteles, pero uno recomendado es el Innside Habana Catedral, de Meliá. Este hotel cinco estrellas tiene todas las comodidades, está en un punto central de La Habana Vieja y la vista desde la terraza no lo decepcionará. Desde ahí puede el Castillo de los Tres Reyes del Morro, uno de los fuertes amurallados más grandes del Caribe. Vecino a este castillo está la Fortaleza San Carlos de la Cabaña, donde a las 9:00 p.m., los tambores y antorchas anuncian la ceremonia del cañonazo, que no es otra cosa que la reproducción del anuncio de la presencia de piratas o corsarios por la zona. La entrada no es gratis, tiene que pagar, pero vale la pena. Eso sí, vaya con tiempo, coja puesto y tenga paciencia.
Volviendo al hechizo de La Habana Vieja, hay cuatro plazas que no puede dejar de visitar –es más, aunque no se lo proponga, el camino lo llevará a ellas–: la plaza de armas, la de San Francisco de Asís, la plaza Vieja y la de la Catedral.
Después de visitarlas puede ir a tomarse un mojito en la icónica Bodeguita del Medio o un daiquirí en el Floridita, al mejor estilo de Hemingway. Y claro, dejarse llevar por la música, que marcará el ritmo de todo su viaje.
También visite –otro día, si quiere, no tiene que ser todo al tiempo– la plaza de la Revolución, donde las caras de Camilo Cienfuegos y el Che Guevara le recuerdan lo que pasó en 1959, cuando un cercado Fulgencio Batista –presidente de Cuba en aquel momento– huyó y le dio paso a la revolución del Movimiento 26 de Julio. Además, en esta plaza, podrá encontrar un sinnúmero de modelos de carros antiguos, todos funcionales – ese es el momento en el que uno no se explica por qué en Colombia se ha vuelto tan difícil arreglar un carro viejo… y nuevo–.
Pásese también por el Capitolio: una construcción imponente, que se asemeja a la de Washington D.C., si no fuera porque “es más grande”, como sostienen los cubanos.
A un lado del Capitolio, en el Paseo del Prado, está el Gran Teatro de Cuba, sede del Ballet Nacional, inaugurado en 1914, y que por su imponencia, no pasa desapercibido.
Ahora, si usted es de musicales, vaya al Tropicana, el cabaret al aire libre más grande del mundo, con una tremenda orquesta y coreografías que le harán recordar otros tiempos –bueno, como cada esquina en Cuba–.
Santa Clara y cayo Santa María: historia y descanso
Dejando La Habana, para cambiar un poco el paisaje, puede hacer una visita a Santa Clara, en la provincia de Villa Clara. Sí, el viaje es largo, son cuatro horas, más o menos (267 kilómetros), pero con música, ron y buena compañía, Cuba cumple, una vez más, con su misión de encantarlo.
Santa Clara es conocida como la ciudad de Che Guevara, pues la Batalla de Santa Clara fue decisiva para el triunfo de la revolución. Aparte de su arquitectura colonial y el emblemático Hotel Santa Clara Libre, puede visitar el mausoleo del Che, en el que reposa el cuerpo del argentino, junto al de los guerrilleros que murieron junto a él en Bolivia. Como dato curioso, hay una pequeña recreación de la selva boliviana. También está el museo y un imponente memorial al Che Guevara, que contiene sus cartas y frases icónicas.
Después de este baño de historia, puede pasar a uno en la playa, en cayo Santa María, que está comunicado con la isla principal por un terraplén. Allí lo esperan actividades, conciertos y, por supuesto, espectaculares playas.
Si está pensando en quedarse en este lugar, puede ir al hotel Paradisus Los Cayos de Meliá, un lugar de lujo, en el que puede disfrutar de la playa y de un buen descanso – porque lo va a necesitar–. Una recomendación importante es llevar repelente, porque así como los cubanos lo reciben con los brazos abiertos, los mosquitos también son muy amigables.
Trinidad: la mezcla de varios mundos
Desde cayo Santa María se puede emprender viaje a Trinidad, una ciudad cuyas calles están empedradas con piedras de río –por eso es aconsejable que se suba al andén para recorrerla– y que mezcla arquitectura española y francesa de sus diversos colonizadores. Allí seguirá en ese hechizo cubano, con su música, artesanías y la canchánchara, una bebida energizante que le dará fuerzas para seguir su camino –si es que las necesita–.
Durante el viaje entre cayo Santa María y Trinidad, puede pasar por Cienfuegos, que no, no tiene nada que ver con Camilo Cienfuegos, pero sí con el músico Benny Moré. Allí podrá recorrer sus calles, pasear por la rambla que la atraviesa y reforzar ese idilio con Cuba.
Ahora, si quiere quedarse en Trinidad, puede hospedarse en un hotel nuevo de la cadena Meliá –sí, es que es la más grande–: Meliá Trinidad Península, donde podrá ver un increíble atardecer en la playa, con son cubano y ron – eso sí, échese repelente, porque si no, no será tan romántico–.
Las playas de Varadero…
Por supuesto, si va a Cuba, no deje de visitar Varadero. Catalogadas como unas de las más lindas del mundo por su extensión, colores y su arena blanca es el mejor destino para relajarse con un daiquirí. Allí también podrá hospedarse en el hotel Meliá Internacional Varadero y sentirse como un rey. Sin embargo, hay más que playa.
En la ciudad, puede ir a catar varios rones locales en la Casa del Ron, aprender cómo se hace el tabaco –y cómo se fuma (no e’ fácil)– en el Museo del Tabaco, escuchar son cubano en varios bares o visitar The Beatles, un lugar con música en vivo, buen ron con cola y mojitos.
Así puede terminar un viaje por Cuba, perderse en su encanto y querer volver por más, porque sus habitantes siempre lo recibirán con el más cálido de los abrazos.
tomado de: https://www.pressreader.com/colombia/publimetro-barranquilla/20231215/281500756043158
lunes, 5 de febrero de 2024
mensaje de urgencia del presidente Gustavo Petro al pueblo colombiano: Peligro de ruptura institucional por parte de la mafia y la extrema derecha
#Colombia: Mensaje del presidente #GustavoPetro
Le solicito a todas las organizaciones de derechos humanos, partidos progresistas y organizaciones de trabajadores de Colombia y del mundo prestar atención a esta denuncia:
He escuchado a juristas destacados hablando de ruptura institucional en el caso del canciller de la república, primero en la historia en ser suspendido. Solo he esperado que las delegaciones internacionales que vienen de EEUU y el Consejo de seguridad de Naciones Unidas sean atendidas correctamente y nos oigan
No he escuchado, en cambio, que hay una seria ruptura constitucional cuando la fiscalía investiga al presidente de la República.
Se han allanado sindicatos, se ha torturado y se ha usado presiones sobre testigos para que se acuse al presidente y no han tenido éxito; desesperadamente sectores del narcotráfico, autores de delitos de lesa humanidad, politicos corruptos y sectores corruptos de la fiscalía buscan la salida del Presidente del cargo elegido por el pueblo.
Incluso hechos repetidos varias veces en campañas de otros partidos políticos como al que pertenece el fiscal general, y que han sido declarados legales anteriormente, en nuestro caso se criminalizan con desespero.
No es lo mismo la contribución a partidos políticos de un narcotraficante como alias "el ñeñe" que la del sindicato de maestros; a la contribución de alias "el ñeñe" la calificaron como legal, a la del sindicato de profesores la califican de ilegal porque somos progresistas.
Esta ruptura institucional ha llegado al máximo desespero, porque las mafias no quieren perder control de secciones enteras de la fiscalía que he puesto en peligro por haber presentado una terna de mujeres decentes.
La respuesta desesperada será no solo suspender el canciller de la república, sino procesar penalmente al presidente de Ecopetrol y al superintendente de servicios públicos por haber sido presidente del partido Colombia Humana. La.fiscalía pedirá mi juicio político sin ocultar que ha hecho investigación inconstitucional en mi contra buscando el triunfo que el pueblo no les otorgó
Como hicieron físicamente con la UP, ahora piensan usando las instituciones, hacer lo mismo para que aparezca como la gran obra de despedida del fiscal general
Han decidido la ruptura institucional. Como presidente de la república debo avisar al mundo de la toma mafiosa de la fiscalía y debo solicitar al pueblo la máxima movilización popular por la decencia.
Aquí no se puede tumbar un presidente progresista, el primero en un siglo, porque legalmente un sindicato de trabajadores aportó a un partido de izquierda. Llego el momento de la expresión popular.
miércoles, 24 de enero de 2024
#Colombia GobiernoConElPacífico
Durante esta semana el presidente Gustavo Petro liderará la jornada de Gobierno con el Pueblo que se realizará del 22 al 27 de enero en los municipios de López de Micay, Timbiquí y Guapi (Cauca); Tumaco, El Charco y Barbacoas (Nariño), y Quibdó e Istmina (Chocó).
Entre los proyectos de infraestructura incluidos en el Plan Plurianual de Inversiones 2023-2026 están los siguientes para el litoral Pacífico :
Proyectos estratégicos – Chocó
Construcción calzada bidireccional Buenaventura – Novita, y Riosucio – Caucheras
Construcción vía Las Ánimas – Nuquí
Construcción de un Hospital Regional de tercer nivel
Intervención de infraestructura portuaria fluvial en el Chocó
Construcción de un hub de carga en Quibdó
Navegabilidad de los ríos Atrato y San Juan y sus afluentes
Contención de la deforestación y desarrollo forestal y La bioeconomía
Desarrollo forestal en la región del Abibe y el Darién
Construcción de las sedes de la Universidad Tecnológica del Chocó en las subregiones de Medio Baudó, Darién – Río Sucio, San Juan, adquisición del lote para la ampliación del Distrito de Policía de Quibdó.
Proyectos estratégicos – Nariño
Dragado de los canales de acceso de los puertos de Tumaco y Buenaventura, con sus respectivas vías de acceso terrestre.
Adecuación, mejoramiento y mantenimiento del puerto de Tumaco como puerto de Aguas profundas
Construcción y expansión de la infraestructura aeroportuaria en los terminales aéreos regionales de Nuquí, Bahía Solano, Pasto, Tumaco e Ipiales.
Remodelación y dotación de hospitales, entre ellos el Hospital de San Andrés de Tumaco.
Construcción y dotación de los Centros Regionales Agroindustriales de comercialización de productos agropecuarios y pesqueros, uno de ellos en Tumaco.
Corredor Tumaco – Pasto – Mocoa
Transversal del Pacífico Sur ‘Manuel Ortiz y Samora’, en la vía Tumaco – La Espriella – Río Mataje (Ecuador) – El Remolino (Cauca)
Rehabilitación corredor Tumaco – Pedregal
Construcción vía Tumaco – Roberto Payán
Construcción de la seccional Pacífico de la Universidad de Nariño con sedes en los municipios de Tumaco, Barbacoas y La Unión.
Multicampus o complejo educativo de educación superior pública en Sanquianga
Implementación del Plan Decenal de Lenguas Nativas en Colombia
Recuperación de los ecosistemas de la Laguna de La Cocha, Laguna de Cumbar, Laguna Verde y los sistemas de páramos del Departamento
Proyectos regionales – Valle del Cauca
Construcción calzada bidireccional sencilla del corredor Buenaventura – Novita
Construcción de nueva torre de control, ampliación de terminal de pasajeros y de parqueaderos del Aeropuerto Alfonso Bonilla Aragón (Cali)
Ampliación aeropuerto de Buenaventura
Dragado de profundización y mantenimiento de canal de acceso al puerto de Buenaventura
Estructuración y adjudicación de la conexión férrea entre Buenaventura y el corredor férreo central (Dorada – Santa Marta)
Red Férrea del Pacífico: sistema de transporte intermodal
Tren de cercanías del Valle del Cauca
Plan de restauración de la cuenca alta del Río Cauca
Restauración de la del Río Magdalena y el Macizo Colombiano
Construcción sede Universidad del Valle en el municipio de Tuluá
Construcción sede Universidad en el Distrito de Agua Blanca
Complejo educativo de educación superior de Jamundí
Construcción centro deportivo de alto rendimiento
Remodelación y dotación Hospital Luis Ablanque de la Plata, de Buenaventura
Construcción de la PTAR Cañaveralejo
Construcción alcantarillados en los corregimientos de Palmaseca, el Bolo de San Isidro, Rozo y La Dolores de Palmira
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